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V2773-18 24. Oktober 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · vivienda habitual

Keine Steuerbefreiung beim Verkauf der Hauptwohnung, wenn die Nutzung als solche länger als zwei Jahre zurückliegt

Eine über 65-jährige Person erkundigte sich, ob sie die Steuerbefreiung für den Verkauf der Hauptwohnung nach dem Verkauf ihres Hauses im Jahr 2017 in Anspruch nehmen könne, nachdem sie bereits 2007 in ein Pflegeheim umgezogen war. Die DGT entschied, dass die Befreiung nicht anwendbar ist, da die Immobilie zum Zeitpunkt des Verkaufs weder die Hauptwohnung war noch in den zwei Jahren zuvor als solche genutzt wurde.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si sería aplicable la exención prevista en el artículo 33.4.b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, reconociéndose para ello que la vivienda mantiene la consideración de habitual en el momento de su venta dadas las circunstancias que concurren, en concreto la de haber dejado de residir en ella en 2007 por ser trasladada con carácter forzoso por razones de salud a una residencia.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la exención de la vivienda habitual, la edificación debe ser la residencia habitual en el momento de la transmisión o haber tenido tal carácter en cualquier día de los dos años anteriores a la fecha de venta. En este caso, al haber dejado de ser vivienda habitual en 2007 y venderse en 2017, se ha superado el plazo de dos años previsto en el Reglamento del IRPF. Por tanto, la ganancia patrimonial generada no está exenta.

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