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V2734-21 10. November 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · comunidad de propietarios

Miteigentümer können Vorsteuer aus Gemeinschaftsdienstleistungen unter bestimmten Bedingungen abziehen

Es wird geklärt, ob eine Eigentümergemeinschaft eines Einkaufszentrums bei der Verteilung von Kosten die Umsatzsteuer erheben muss und ob die Miteigentümer diese abziehen können. Die DGT stellt klar, dass die Verteilung gemeinsamer Kosten nicht der Umsatzsteuer unterliegt, die Erbringung spezifischer Gemeinschaftsdienstleistungen hingegen schon.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se cuestiona si, en el reparto proporcional de gastos comunes del centro comercial, debe repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido a los comuneros, así como, la posibilidad de deducción de las cuotas del Impuesto soportadas por parte de los mismos.

Die Entscheidung der DGT

El reparto de gastos comunes es una actividad de consumidor final sin IVA. No obstante, si la comunidad presta servicios en nombre propio (como vigilancia), debe repercutir IVA. Los comuneros empresarios pueden deducir dicho IVA si la factura desglosa su parte proporcional o, excepcionalmente por jurisprudencia del TJUE, mediante un duplicado de la factura a nombre de la comunidad acreditando su participación. No procede la modificación de la base imponible por impago si existe vinculación entre la comunidad y los comuneros.

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