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V2710-17 24. Oktober 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Anwendung des Sonderregimes für Fusionen bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe statt rein steuerlicher Vorteile

Eine Gesellschaft erkundigt sich, ob eine Verschmelzung durch Aufnahme unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen kann und ob das Vorhandensein von Verlustvorträgen diese Anwendung ausschließt. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die handelsrechtlichen und steuerlichen Voraussetzungen erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1) Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si existen motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para acogerse al régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si la fusión no tiene como finalidad preponderante su aprovechamiento. La entidad adquirente se subroga en las bases imponibles negativas de las transmitentes con los límites del artículo 84.2 y la disposición transitoria decimosexta de la LIS.

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