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V2492-19 17. September 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · localización de servicios

Ort des Dienstleistungserbringens bei Messestand-Services hängt von Empfänger und Art des Standes ab

Ein Unternehmen erkundigt sich nach der Umsatzsteuerpflicht für Design- und Montagedienstleistungen von Messeständen sowie dem Kauf von Material für den Versand in Drittländer. Die DGT stellt klar, dass die steuerliche Ortsbestimmung für Messestand-Services der allgemeinen Regelung nach dem Empfänger unterliegt, und prüft deren mögliche Einstufung als Werbedienstleistung oder als Nebenleistung.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción y, en su caso, exención del Impuesto sobre el Valor Añadido de las operaciones objeto de consulta relativas a los stands, así como respecto de las operaciones realizadas a favor de sus clientes españoles relativos a la compra de material en España que es enviado a países no pertenecientes a la Unión Europea.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de stands se localizan según el artículo 69 de la Ley 37/1992: están sujetos si el destinatario es un empresario establecido en España, y no lo están si el empresario no está en territorio español. Si el stand es personalizado para el expositor, puede ser publicidad; si sigue modelos uniformes del organizador, puede ser accesorio a la feria. En cuanto a la compra de material para envío a terceros países, si el consultante actúa en nombre propio, la entrega de bienes está exenta si se cumplen los requisitos de exportación.

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