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V2442-17 2. Oktober 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, wenn sie nach Gesetz 3/2009 erfolgen und triftige wirtschaftliche Gründe vorliegen

Die Anfragende möchte wissen, ob ihre Fusionen unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen können. Die DGT antwortet, dass dies möglich ist, sofern die handelsrechtlichen Vorschriften eingehalten werden und die Fusionen aus triftigen wirtschaftlichen Gründen und nicht zur Erlangung eines Steuervorteils erfolgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones de fusión planteadas pueden acogerse al régimen especial del capítulo VII del título VII de la LIS.

Die Entscheidung der DGT

Para acogerse al régimen especial de fusiones, las operaciones deben realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir los requisitos de la LIS. No se aplicará este régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si la operación carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. En este caso concreto, los motivos de fortalecer recursos financieros y racionalizar la actividad de arrendamiento se consideran económicamente válidos.

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