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V2412-24 25. November 2024 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · base imponible

Zahlung eines Beraters durch einen Konzessionsnehmer stellt keinen Abzug von der Umsatzsteuer-Bemessungsgrundlage dar

Eine Gemeinde erkundigt sich, ob die Übernahme der Honorare ihres Energieberaters durch ein Konzessionsunternehmen als Ermäßigung der Bemessungsgrundlage für die Dienstleistungen dieses Unternehmens gewertet werden kann. Die DGT stellt fest, dass es sich nicht um eine Ermäßigung handelt und das Unternehmen die Vorsteuer des Beraters nicht abziehen kann, da es nicht der Empfänger der Leistung ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el pago de dicho importe por parte de la entidad concesionaria podría tener la consideración de descuento en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido de las prestaciones de servicios objeto de consulta efectuadas a favor del Ayuntamiento. En su caso, si la cuota del Impuesto sobre el Valor Añadido derivada de dicha factura podría ser deducida por la entidad adjudicataria.

Die Entscheidung der DGT

El importe que la entidad concesionaria paga por el asesor no constituye un descuento en la base imponible de sus servicios al Ayuntamiento, ya que son prestaciones independientes. El destinatario de los servicios del asesor es el Ayuntamiento, por lo que la entidad adjudicataria no puede deducir el IVA de esa factura al no ser la destinataria real de la operación.

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