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V2409-20 14. Juli 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, sofern sie auf validen wirtschaftlichen Gründen beruhen und nicht nur der Ausnutzung von Verlustvorträgen dienen

Es wird geprüft, ob eine Fusion unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen kann und ob die dargelegten wirtschaftlichen Gründe als valide gelten. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion das Sonderregime in Anspruch nehmen kann, sofern sie die handelsrechtlichen und steuerlichen Anforderungen erfüllt und die Erlangung eines Steuervorteils nicht der Hauptzweck ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación planteada puede acogerse al régimen especial previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, y si los motivos económicos aducidos se consideran válidos a estos efectos. En su caso, si será necesario el reparto de dividendos descritos para que X dejase de tener el carácter de sociedad patrimonial.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración de actividades. El aprovechamiento de bases imponibles negativas no invalida por sí solo el régimen, siempre que no sea la finalidad preponderante y se mantengan las actividades. Las bases imponibles negativas de la absorbida podrán compensarse en la absorbente según los límites de los artículos 84 y la DT 16ª de la LIS.

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