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V2277-19 3. September 2019 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · mediación

Mediationsdienstleistungen eines spanischen Fachmanns für ausländische Kunden können der MwSt. unterliegen

Ein spanischer Anwalt erkundigt sich, ob auf eine Mediationsleistung für einen chinesischen Kunden im Rahmen eines Exportgeschäfts die MwSt. anzuwenden ist. Die DGT stellt fest, dass der Ort der Leistung und die Steuerbefreiung von der direkten Verbindung zum Export sowie der tatsächlichen Inanspruchnahme der Dienstleistung abhängen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si debe emitir factura el consultante a la empresa española por el pago recibido, y si debe en la misma aplicar el Impuesto sobre el Valor Añadido sobre la totalidad de la cantidad recibida o solo sobre la parte que corresponde a su propia mediación, debiendo en tal caso el mediador chino expedir factura por el importe restante.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de mediación prestados por el consultante al mediador chino están sujetos al IVA por aplicarse la regla de uso efectivo en territorio español. Sin embargo, el servicio del mediador chino a la empresa española está exento por ser una mediación en una operación de exportación. El consultante debe facturar su mediación repercutiendo el IVA sobre la contraprestación que recibe de su cliente.

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