Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V2151-15 14. Juli 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión total

Anwendung des Sonderregimes für Spaltungen bei proportionalen Vorgängen mit wirtschaftlicher Begründung möglich

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob eine vollständige Spaltung zur Trennung der Immobilienvermietung von der Beteiligung am Aktienbesitz unter dem Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) möglich sei. Die DGT stellt klar, dass bei einer proportionalen Spaltung nicht zwingend erforderlich ist, dass die Vermögenswerte Geschäftsbereiche darstellen, und dass die angeführten wirtschaftlichen Gründe als gültig angesehen werden können.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si sería posible realizar una escisión de la entidad consultante en dos sociedades con dos ramas de actividad diferentes, una de ellas dedicada a la actividad de alquiler de inmuebles y la otra a la tenencia de acciones o participaciones sociales, y acogerse dicha operación al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Si la escisión es total y proporcional, no es necesario que los patrimonios segregados constituyan ramas de actividad para aplicar el régimen especial del artículo 76 de la LIS. No obstante, la aplicación de este régimen requiere que la operación no tenga como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal. Los motivos de reestructuración y racionalización de actividades, como la asignación de recursos o la futura ampliación de capital, pueden considerarse motivos económicos válidos según el artículo 89.2 de la LIS.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

E-Mail
Kontakt