Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V2139-20 25. Juni 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können das Sonderregime der Körperschaftsteuer nutzen, sofern mercantile Anforderungen und wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob seine Fusionsvorgänge unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen könnten. Die DGT stellt klar, dass hierfür die Einhaltung des Handelsrechts sowie des Artikels 76.1 des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) erforderlich ist und die Hauptabsicht nicht in der Erlangung steuerlicher Vorteile liegen darf.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si las operaciones descritas podrían acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si se mantienen las actividades y no es la finalidad preponderante de la operación.

E-Mail
Kontakt