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V2115-21 15. Juli 2021 · SG de Tributación de las Operaciones Financieras Kriterium gültig
IRPF · contratos por diferencias

Gewinne oder Verluste aus CFD mit täglicher Abrechnung sind dem Zeitraum der Abrechnung zuzurechnen

Die Anfragende erkundigt sich nach der zeitlichen Zurechnung von Ergebnissen aus Differenzkontrakten (CFD) mit „Roll-over“ und ob nur geschlossene oder auch offene Kontrakte steuerpflichtig sind. Die DGT stellt klar, dass bei täglicher Abrechnung Gewinne oder Verluste aus Vermögenswerten entstehen, die dem jeweiligen Zeitraum der Abrechnung zuzurechnen sind, selbst wenn der Kontrakt weiterhin offen bleibt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1- Imputación temporal e integración en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las rentas positivas y negativas originadas por los mencionados contratos por diferencias. En particular, si deben imputarse a cada período impositivo solo las rentas procedentes de posiciones contractuales que hubieran sido cerradas en dicho período o si también deben imputarse al período impositivo los resultados correspondientes a posiciones contractuales que se mantienen abiertas al finalizar el mismo, y si el tratamiento en estos casos difiere dependiendo de que la renta obtenida sea positiva o negativa.

Die Entscheidung der DGT

Los resultados de los CFD se califican como ganancias o pérdidas patrimoniales. Si el contrato conlleva liquidaciones diarias (como en el caso de 'roll-over'), se entiende que se obtiene una ganancia o pérdida patrimonial cada día, imputable al periodo en que se produzca la liquidación. Esto incluye tanto contratos cerrados como contratos que permanecen abiertos al finalizar el ejercicio. No se aplican las limitaciones de las letras e), f) y g) del artículo 33.5 de la LIRPF, ya que los CFD no son valores ni elementos patrimoniales transmisibles.

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