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V1986-21 24. Juni 2021 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · servicios prestados por vía electrónica

Umsatzsteuerbefreiung bei Online-Fortbildungen: Unterscheidung zwischen elektronischen Dienstleistungen und Bildungsleistungen

Ein Unternehmen erkundigt sich nach der Umsatzsteuerbefreiung für Online-Kurse und Abonnements. Die DGT stellt klar, dass automatisierte elektronische Dienstleistungen nicht befreit sind. Eine Befreiung ist hingegen möglich, wenn es sich um eine Bildungsleistung handelt, die auf der Kommunikation zwischen Lehrenden und Lernenden basiert und spezifische Anforderungen erfüllt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si será de aplicación la exención prevista en el artículo 20.Uno.9º de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido a las modalidades de formación descritas y si en el supuesto de que en la modalidad de suscripción uno de los cursos incluyera materias que no son formación reglada se podría aplicar a la suscripción la anterior exención.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de suministro de contenidos grabados o automatizados a través de internet son servicios prestados por vía electrónica y no tienen exención de IVA. Por el contrario, la enseñanza impartida por profesores mediante internet como medio de comunicación es un servicio educativo. Para que este último esté exento, debe ser realizado por entidades autorizadas y las materias deben estar incluidas en un plan de estudios del sistema educativo, sin carácter recreativo.

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