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V1911-15 17. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión inversa

Fusionen können unter das Sonderregime des LIS fallen, sofern sie handelsrechtliche Anforderungen erfüllen und wirtschaftliche Gründe vorliegen

Es wird geprüft, ob eine Reverse Merger oder eine sogenannte unrichtige Fusion (fusión impropia) unter das steuerliche Sonderregime des LIS fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, wenn die handelsrechtlichen Voraussetzungen erfüllt sind und die Transaktion auf gültigen wirtschaftlichen Gründen beruht, statt lediglich steuerliche Zwecke zu verfolgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

Para que una fusión se acoja al régimen especial del capítulo VII del título VII de la LIS, debe cumplir con lo dispuesto en la legislación mercantil y con los requisitos de los artículos 76.1.a) o 76.1.c) de la LIS. Asimismo, según el artículo 89.2 de la LIS, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo realizarse por motivos económicos válidos y no con la mera finalidad de conseguir una ventaja fiscal. Los motivos de simplificación de gestión, ahorro de costes, preparación de la sucesión y centralización de inversiones pueden considerarse económicamente válidos.

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