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V1900-15 17. Juni 2015 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

Datendienste müssen in der Gruppe 769 des IAE gemeldet werden, unabhängig vom verwendeten Netz

Ein Telekommunikationsunternehmen fragt an, ob seine Datendienste (Sprache und Daten) unter die Rubriken für Festnetz- oder Mobilfunktelefonie fallen können. Die DGT stellt klar, dass jeder Dienst eine eigenständige wirtschaftliche Tätigkeit darstellt und eine eigene Klassifizierung erfordert.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si los servicios de datos (sean de "solo datos" o de "voz y datos") prestados por la consultante a través de sus redes de telefonía fija y móvil pueden entenderse comprendidos dentro de los epígrafes 761.1 y 761.2, sin necesidad de alta en el epígrafe 769.9 o en ningún otro. Lo anterior es independiente del dispositivo utilizado para acceder a la red de telefonía fija o móvil que pueda emplear el usuario (ej: smarthpone, Tablet, ordenadores, relojes inteligentes, nettops, handhelds/PDAs, USB de datos y cualquier otro dispositivo que acceda a la red de telefonía móvil para establecer una comunicación -de voz o de datos-).

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de telefonía se clasifican en los epígrafes 761.1 o 761.2 según sea fija o móvil. Los servicios de datos, como la conexión a internet, deben clasificarse en el grupo 769, declarando el epígrafe 769.9 a efectos informativos. Esta distinción es necesaria aunque los servicios se presten por la misma red o el usuario utilice el mismo dispositivo.

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