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V1871-15 15. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusion zwischen Holdinggesellschaften kann unter das Sonderregime fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Zwei Holdinggesellschaften fragen an, ob ihre Verschmelzung durch Aufnahme die Voraussetzungen des Sonderregimes der Körperschaftsteuer erfüllt. Die DGT stellt klar, dass das Regime angewendet werden kann, wenn die Transaktion nach Handelsrecht erfolgt und wirtschaftliche Ziele wie die Rationalisierung von Aktivitäten verfolgt. Das Vorhandensein ausstehender Steuergutschriften allein macht die Transaktion nicht ungültig.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación de fusión por absorción planteada respetando los porcentajes de participación, tanto en la absorbente como en la absorbida, cumple los requisitos formales del artículo 76.1de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe cumplir los requisitos del artículo 76.1 de la LIS y realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009. No debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, requiriendo motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. El hecho de que la absorbida tenga créditos fiscales por doble imposición no impide el régimen si la finalidad preponderante no es el aprovechamiento de dichas deducciones.

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