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V1843-15 11. Juni 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · escisión parcial

Proportionale Gesamtaufteilung kann unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen, sofern gültige wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob eine Teilaufspaltung und eine Gesamtaufteilung unter das Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) fallen könnten und ob die entsprechenden Gründe als gültig anzusehen seien. Die DGT stellt fest, dass eine Teilaufspaltung bei Anteilsübertragungen die Anforderungen nicht erfüllt, eine proportionale Gesamtaufteilung jedoch unter das Sonderregime fallen kann.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación planteada podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

Die Entscheidung der DGT

Para la escisión parcial, el patrimonio segregado debe constituir una rama de actividad (unidad económica autónoma) y la entidad transmitente debe mantener otra rama de actividad o participaciones mayoritarias. Las participaciones en otras entidades no constituyen una rama de actividad. En la escisión total proporcional, no es necesario que los patrimonios segregados sean ramas de actividad. Los motivos económicos alegados para separar activos financieros de riesgos empresariales pueden considerarse válidos según el artículo 89.2 de la LIS.

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