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V1802-14 9. Juli 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen fiscal especial de fusiones

Fusionen von Beteiligungsgesellschaften können unter das Sonderregime fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob eine Umstrukturierung durch Fusionen von Tochtergesellschaften und Holdinggesellschaften der zweiten Ebene das steuerliche Sonderregime für Fusionen in Anspruch nehmen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, wenn die handelsrechtlichen Voraussetzungen erfüllt sind und valide wirtschaftliche Gründe vorliegen. Zudem werden die Behandlung von Verlustvorträgen sowie die Differenzierung bei Fusionen erläutert.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1) Si las operaciones descritas pueden acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII, del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

Die Entscheidung der DGT

Las operaciones de fusión de sociedades íntegramente participadas pueden acogerse al régimen especial del TRLIS si cumplen los requisitos de la legislación mercantil y el artículo 83.1. Las fusiones son válidas si se realizan por motivos económicos como la racionalización de actividades y no por mera ventaja fiscal. La entidad absorbente se subroga en el derecho a compensar bases imponibles negativas con los límites legales. La diferencia de fusión será deducible en la medida en que se pruebe que la ganancia patrimonial de los transmitentes fue objeto de integración efectiva en su IRPF.

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