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V1789-18 20. Juni 2018 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · entidades sin fines lucrativos

Stiftung kann nicht unter das Gesetz 49/2002 fallen; Spenden ohne Steuerabzugsberechtigung

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob seine Stiftung das Regime für gemeinnützige Organisationen anwenden könne und ob Spenden für einen „Sozialbonus“ steuerlich absetzbar seien. Die DGT entschied, dass die Stiftung die Anforderungen an die Rechenschaftspflicht nicht erfüllt und die Spende nicht als reine, uneingeschränkte Zuwendung einzustufen ist.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1.- ¿Qué tratamiento fiscal tendrán las donaciones que reciba la Fundación, así como si tal Fundación puede acogerse al régimen fiscal de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo?

Die Entscheidung der DGT

La Fundación no puede acogerse a la Ley 49/2002 por incumplir los requisitos de obligaciones contables, rendición de cuentas y memoria económica. Las donaciones recibidas podrían estar exentas bajo el régimen de entidades parcialmente exentas de la LIS. Sin embargo, la donación de la empresa no permite deducciones porque no es un acto de liberalidad pura y simple, al buscar mitigar el impago de recibos de una comercializadora vinculada.

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