Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V1739-17 6. Juli 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · régimen especial de trabajadores desplazados

Das Ende des Arbeitsverhältnisses führt nicht zwingend zum Ausschluss aus dem Sonderregime für entsandte Arbeitnehmer

Ein entsandter Arbeitnehmer erkundigt sich, ob die Beendigung seines Arbeitsvertrags zum Ausschluss aus dem Sonderbesteuerungsregime führt und ob dies das Steuerjahr 2016 betrifft. Die DGT stellt klar, dass ein Ausschluss aufgrund der Nichteinhaltung von Bedingungen im Zeitraum des Verstoßes Wirkung entfaltet, präzisiert jedoch die Anwendung im Falle einer Beendigung des Arbeitsverhältnisses.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la extinción de su relación laboral con dicha sociedad conlleva su exclusión del régimen fiscal especial y si la exclusión produce efectos respecto al período impositivo 2016, debiendo presentar el modelo 100 por dicho período.

Die Entscheidung der DGT

La exclusión del régimen especial por incumplimiento de condiciones surte efectos en el período impositivo en que se produzca dicho incumplimiento, según el artículo 118.1 del RIRPF. No obstante, la finalidad del régimen es atraer sujetos a España, por lo que la conclusión de la relación laboral que motivó el desplazamiento no es incompatible con el régimen si el contribuyente permanece un breve periodo en desempleo o inactividad antes de iniciar una nueva relación laboral que cumpla los requisitos del artículo 93 de la LIRPF.

E-Mail
Kontakt