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V1667-24 10. Juli 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · exención por reinversión

Keine Steuerbefreiung bei Reinvestition, wenn Zahlungen an die Genossenschaft erst nach zwei Jahren erfolgen

Ein Steuerpflichtiger verkaufte seinen Hauptwohnsitz und beabsichtigte, den Erlös in eine Genossenschaft zur Errichtung eines neuen Wohnhauses zu reinvestieren. Da weitere Zahlungen erst nach Abschluss der Bauarbeiten möglich waren, stellte sich die Frage der Steuerbefreiung. Die DGT entschied, dass für die Anwendung der Befreiung der gesamte Betrag innerhalb einer Frist von zwei Jahren ab dem Verkaufsdatum für den Bau aufgewendet werden muss.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si puede aplicar la exención por reinversión por la totalidad de la ganancia patrimonial obtenida en la venta ya que la cooperativa no admite más pagos hasta la finalización de la obra.

Die Entscheidung der DGT

Para la exención por reinversión en construcción, deben cumplirse dos condiciones: aplicar la totalidad del importe obtenido a la nueva vivienda en el plazo de dos años desde la venta, y que la obra finalice en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión. Los pagos realizados a la cooperativa después de transcurridos dos años desde la transmisión de la vivienda anterior no se consideran importe reinvertido. Si la reinversión es parcial, solo se excluirá la parte proporcional de la ganancia correspondiente a la cantidad efectivamente invertida.

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