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V1599-18 8. Juni 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · unidad económica autónoma

Übertragung einer Photovoltaikanlage unter Umständen ohne Umsatzsteuer

Ein Steuerpflichtiger fragt, ob der Erwerb einer Photovoltaikanlage der Umsatzsteuer oder der Grunderwerbsteuer unterliegt. Die DGT stellt klar, dass die Nichtunterwerfung unter die Umsatzsteuer davon abhängt, ob die Anlage beim Veräußerer eine selbstständige wirtschaftliche Einheit bildet, während die Anlage für die Grunderwerbsteuer als unbewegliches Vermögen gilt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción de la operación al Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas ya realice la adquisición directamente o a través de una sociedad.

Die Entscheidung der DGT

Para que la transmisión no esté sujeta al IVA, los elementos deben constituir una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios en el transmitente. Si no se acompaña de una estructura organizativa de factores de producción, la transmisión estará sujeta al IVA por cada elemento. Respecto al ITP, la instalación fotovoltaica tiene consideración de bien inmueble. La tributación por ITP dependerá de si el transmitente es sujeto pasivo del IVA y si la operación está sujeta a este impuesto.

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