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V1535-20 21. Mai 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Wirtschaftliche Gründe für eine Fusion können unter bestimmten Voraussetzungen für das Sonderregime zulässig sein

Eine Gesellschaft erkundigt sich, ob eine Fusion mehrerer Einheiten unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen kann und ob die wirtschaftlichen Gründe dafür zulässig sind. Die DGT stellt klar, dass die Transaktion unter das Sonderregime fallen kann, sofern sie den handels- und steuerrechtlichen Vorschriften entspricht, vorausgesetzt, die wirtschaftlichen Gründe lassen sich faktisch nachweisen und dienen nicht primär der Ausnutzung von Verlustvorträgen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la operación proyectada puede acogerse al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del régimen especial.

Die Entscheidung der DGT

La operación puede acogerse al régimen especial si se realiza en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumple el artículo 76.1 de la LIS. Los motivos alegados pueden ser económicamente válidos si se comprueban como cuestiones de hecho, siempre que la fusión no tenga como finalidad preponderante el aprovechamiento de bases imponibles negativas y se mantengan las actividades. La sociedad absorbente se subroga en el derecho a compensar las bases imponibles negativas de las absorbidas con los límites de la ley.

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