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V1380-14 21. Mai 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusionsübernahme kann unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen, sofern wirtschaftliche Gründe vorliegen

Eine verlustbringende Gesellschaft mit inaktiven Betriebsstätten beabsichtigt eine Fusion mit einer anderen Gesellschaft, um Effizienz und Solvenz zu steigern. Die DGT prüft, ob der Vorgang als Umstrukturierung im Sinne der Körperschaftsteuer, der Umsatzsteuer und der Erbschaft- und Schenkungsteuer qualifiziert.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VIII, del título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo.

Die Entscheidung der DGT

La operación puede acogerse al régimen especial de fusión del TRLIS si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y tiene motivos económicos válidos, como la racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas o la inactividad de la absorbida no impiden el régimen si se refuerza la situación financiera de las actividades resultantes. En cuanto al IVA, la aportación de un local y deudas no constituye una unidad económica autónoma, por lo que está sujeta al impuesto. Respecto al ITPAJD, si es reestructuración, no está sujeta a operaciones societarias y está exenta en las demás modalidades.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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