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V1298-17 29. Mai 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · residencia habitual

Zuständigkeit der staatlichen Verwaltung bei Verlegung des gewöhnlichen Aufenthalts aus dem Baskenland

Eine Steuerpflichtige erkundigt sich, bei welcher Verwaltung sie ihre Einkommensteuererklärung (IRPF) nach einem Umzug von Bizkaia nach Madrid einreichen muss. Die DGT stellt klar, dass die Zuständigkeit vom gewöhnlichen Aufenthalt abhängt, welcher durch die Anzahl der Aufenthaltstage im jeweiligen Gebiet bestimmt wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Ante qué Administración (estatal o foral) debe presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el período impositivo 2016 y siguientes.

Die Entscheidung der DGT

La competencia para la exacción del IRPF corresponde a la Diputación Foral si el contribuyente tiene su residencia habitual en el País Vasco. Si el contribuyente permanece un mayor número de días en otro territorio, como Madrid, será la Hacienda estatal la competente. La residencia es una cuestión de hecho que debe acreditarse, y el simple empadronamiento o traslado del domicilio fiscal no son suficientes por sí mismos.

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