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V1172-22 26. Mai 2022 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · grado de discapacidad

Bezug einer nicht beitragsabhängigen Invaliditätsrente durch FAS-Rententransfer begründet keinen Anspruch auf den Behindertenstatus für die Einkommensteuer

Es wurde angefragt, ob der Bezug einer nicht beitragsabhängigen Invaliditätsrente infolge eines Transfers einer FAS-Rente eine Behinderung von mindestens 33 % für die Zwecke der Einkommensteuer (IRPF) nachweist. Die DGT stellt klar, dass dieser Umstand den steuerrechtlichen Status einer Behinderung nicht belegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si un contribuyente tiene la consideración de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el hecho de ser titular de un certificado expedido en 2021 por los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma, donde se indica que es beneficiario de una pensión de invalidez no contributiva como consecuencia del trasvase de una pensión FAS (Fondo de Asistencia Social a ancianos y enfermos o inválidos incapacitados para el trabajo, en virtud de lo establecido en la DT 1ª del RD 357/1991, de 15 de marzo).

Die Entscheidung der DGT

Para acreditar la discapacidad en el IRPF se debe cumplir lo dispuesto en el artículo 72 del RIRPF. El hecho de percibir una prestación no contributiva de invalidez por trasvase de una Pensión FAS no acredita, a efectos del impuesto, un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La normativa fiscal solo considera acreditada la discapacidad a pensionistas de la Seguridad Social con pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de clases pasivas con pensión de jubilación o retiro por incapacidad.

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