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V1130-20 29. April 2020 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · sujeción

Umsatzsteuerpflicht bei Dienstleistungen eines Gesellschafters an seine Gesellschaft setzt Unabhängigkeit und eigene Betriebsmittel voraus

Ein Einzelunternehmer und Geschäftsführer einer neuen Gesellschaft erkundigt sich, ob die zwischen beiden Parteien erbrachten Leistungen der Umsatzsteuer unterliegen. Die DGT stellt klar, dass die Steuerpflicht davon abhängt, ob ein abhängiges Beschäftigungsverhältnis oder eine selbstständige berufliche Tätigkeit vorliegt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al Impuesto sobre el Valor Añadido de los viajes u otros trabajos que realice la empresa para el consultante como empresario individual y viceversa, así como deducibilidad de las cuotas soportadas en dichas operaciones para el destinatario.

Die Entscheidung der DGT

Para determinar la sujeción al IVA, se debe analizar si el socio actúa con independencia o bajo subordinación laboral. La relación será laboral (no sujeta) si el socio está sometido a los criterios organizativos de la sociedad, no percibe una remuneración ligada a los resultados de su actividad y la sociedad responde frente a terceros. Por el contrario, si el socio organiza sus propios medios, asume el riesgo económico y responde ante terceros, la prestación estará sujeta al impuesto. Si las operaciones son sujetas, las cuotas serán deducibles para el destinatario si se cumplen los requisitos legales.

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