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V1094-15 9. April 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen können unter das Sonderregime fallen, wenn sie handelsrechtliche Anforderungen erfüllen und wirtschaftliche Gründe vorliegen

Es wird geprüft, ob eine Fusion unter das steuerliche Sonderregime für Unternehmensreorganisationen fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Transaktion nach handelsrechtlichen Vorschriften erfolgt und nicht primär der Steuervermeidung oder dem Erlangung steuerlicher Vorteile dient.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1º) Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial del capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades 27/2014, de 27 de noviembre.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1.a) de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas de escasa cuantía no invalida por sí misma el régimen si la fusión aporta beneficios operativos. La compensación de dichas bases estará sujeta a los límites de los artículos 84 y la disposición transitoria décimo sexta de la LIS.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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