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V1070-20 27. April 2020 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IVA · recargo de equivalencia

Verkauf von Tabak aus Automaten unterliegt dem Gleichstellungszuschlag und gilt als separater Wirtschaftszweig

Ein Caféinhaber erkundigt sich nach der Umsatzsteuer- und Einkommensteuerpflicht beim Verkauf von Tabak über Automaten. Die DGT stellt fest, dass diese Tätigkeit dem Sonderregime des Gleichstellungszuschlags (recargo de equivalencia) unterliegt und einen separaten Wirtschaftszweig der Haupttätigkeit darstellt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tributación en el IVA y en el IRPF de los rendimientos derivados de la venta de tabaco, tanto si de la autorización se realiza una gestión directa por parte del consultante o una gestión delegada con un estanco.

Die Entscheidung der DGT

La venta de tabaco en máquinas expendedoras por negocios de hostelería se incluye en el régimen especial del recargo de equivalencia y es un sector diferenciado de la actividad de cafetería. En IRPF, tanto la gestión directa como la delegada implican que el riesgo y ventura es del titular, por lo que los ingresos de la venta total son rendimientos íntegros. Las cuotas de IVA y el recargo de equivalencia soportados en la compra de tabaco se consideran gasto deducible como mayor importe de la compra.

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