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V1024-19 9. Mai 2019 · SG de Tributos Locales Kriterium gültig
OTRO · prestación patrimonial de carácter público no tributario

Wassergebühren durch Verwaltungsconcessionen sind nichtsteuerliche öffentliche Vermögensleistungen

Es wurde angefragt, ob die Gebühr für die Wasserversorgung, die durch einen Konzessionsnehmer erbracht wird, eine Gebühr (Tasa) oder eine nichtsteuerliche Vermögensleistung darstellt. Die DGT stellt fest, dass sie aufgrund der Verwaltung durch eine Konzession die Natur einer nichtsteuerlichen öffentlichen Vermögensleistung hat.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si tras la modificación introducida por la Ley 9/2017, la tarifa satisfecha por los usuarios tiene la naturaleza jurídica de tasa o de prestación patrimonial de carácter público no tributario. En el caso de que no se considere tasa, si el Ayuntamiento debe realizar algún tipo de trámite para adecuar el concepto de tasa anterior al nuevo concepto.

Die Entscheidung der DGT

Si el servicio se presta directamente por el Ayuntamiento, la contraprestación es una tasa. Si se realiza mediante gestión indirecta, como una concesión administrativa, o mediante personificación privada (sociedad mercantil), la contraprestación es una prestación patrimonial de carácter público no tributario. Al ser una prestación no tributaria, su importe no está limitado por el coste real o previsible del servicio, aunque está sujeto al control de las Comisiones Autonómicas de Precios.

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