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V0845-23 12. April 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · tipo impositivo reducido

Anwendung des ermäßigten Steuersatzes von 4 % beim Fahrzeugkauf für Menschen mit Behinderung bei vorheriger Anerkennung durch die AEAT möglich

Die Anfrage befasst sich mit der Frage, ob der ermäßigte Steuersatz von 4 % beim Kauf eines Fahrzeugs für eine Person mit Behinderung anwendbar ist, unabhängig von der Identität des Käufers oder der Anwendung der Regelungen für Gebrauchtwaren durch den Verkäufer. Die DGT stellt klar, dass für die Anwendung dieses ermäßigten Satzes die Erfüllung der gesetzlichen Voraussetzungen sowie die vorherige Anerkennung des Anspruchs durch die AEAT zwingend erforderlich sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si resulta de aplicación el tipo impositivo reducido del 4 por ciento y si la respuesta varía en función de si el comprador es una persona distinta de la persona con movilidad reducida y de si el vehículo se compra a un sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido que lo venda usado.

Die Entscheidung der DGT

La aplicación del tipo del 4% a vehículos para el transporte habitual de personas con discapacidad o movilidad reducida requiere el previo reconocimiento del derecho por la AEAT mediante solicitud. Este reconocimiento exige acreditar la discapacidad (igual o superior al 33%) o la movilidad reducida y el destino del vehículo. En compras a sujetos pasivos con régimen especial de bienes usados, se aplicará el mismo tipo reducido sobre el margen de beneficio, siempre que se cumplan los mismos requisitos de reconocimiento previo.

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