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V0700-18 15. März 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimientos del trabajo

FOGASA-Zahlungen für ausstehende Löhne sind dem Jahr der Fälligkeit zuzurechnen

Eine Steuerpflichtige erkundigte sich, ob Zahlungen der FOGASA für Löhne aus den Jahren 2014 und 2015 zu deklarieren seien. Die DGT stellt klar, dass diese Einkünfte über ergänzende Steuererklärungen den Jahren zuzurechnen sind, in denen sie fällig waren.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si tiene que volver a declarar el pago percibido del FOGASA.

Die Entscheidung der DGT

Los rendimientos del trabajo se imputan al período impositivo en que son exigibles. Si se perciben en periodos distintos por circunstancias no imputables al contribuyente, se imputarán a los ejercicios originales mediante autoliquidación complementaria sin sanción ni intereses. Si el importe de FOGASA es inferior a lo adeudado, se debe prorratear proporcionalmente según la cantidad debida en cada año. En este caso concreto, al haber declarado ya los salarios originales, la contribuyente puede instar la rectificación de sus declaraciones.

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