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V0689-19 27. März 2019 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · renting

Kein Abzug von Leasingraten bei privater Nutzung oder fehlender ausschließlicher betrieblicher Zuordnung

Der Steuerpflichtige fragt an, ob die Leasingraten für ein Fahrzeug in voller Höhe steuerlich geltend gemacht werden können. Die DGT stellt klar, dass die Abzugsfähigkeit von der ausschließlichen Nutzung für die wirtschaftliche Tätigkeit sowie der Korrelation mit der Einkunftserzielung abhängt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si puede deducirse en la declaración de IRPF, la totalidad de las cuotas de renting en concepto de gasto.

Die Entscheidung der DGT

Para que las cuotas de renting sean deducibles, el vehículo debe estar afecto exclusivamente a la actividad económica. Si el vehículo se utiliza para necesidades privadas, como desplazamientos entre la vivienda y el despacho, no será deducible. La afectación exclusiva y la correlación con los ingresos deben probarse mediante medios admitidos en derecho. En caso de que el contrato cumpla los requisitos del artículo 106 de la LIS, la deducibilidad seguirá las reglas de recuperación del coste y carga financiera de dicha norma.

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