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V0669-15 25. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen und Spaltungen europäischer Gesellschaften können unter das Sonderregime fallen

Ein Steuerpflichtiger erkundigte sich, ob eine Fusion und eine Teilspaltung einer Europäischen Gesellschaft das steuerliche Sonderregime des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) in Anspruch nehmen können und ob die dafür genannten Gründe zulässig sind. Die DGT stellt fest, dass das Sonderregime angewendet werden kann, sofern die handelsrechtlichen und steuerlichen Anforderungen hinsichtlich der Geschäftszweige erfüllt sind. Die für die Fusion und die Spaltung der Einheit D angeführten wirtschaftlichen Gründe werden als gültig erachtet.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si las operaciones planteadas podrían acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

Die Entscheidung der DGT

Para que la fusión y la escisión parcial se acojan al régimen especial, deben cumplir los requisitos de la LIS y la normativa mercantil. La escisión requiere que el patrimonio segregado constituya una unidad económica autónoma (rama de actividad) tanto en la transmitente como en la adquirente. Los motivos económicos deben ser válidos para evitar que la operación tenga como fin principal la ventaja fiscal. En este caso, los motivos de reestructuración y simplificación se consideran válidos para la fusión y la escisión de la entidad D, aunque no se puede determinar la validez para la entidad B por falta de datos.

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