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V0666-15 23. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · fusión por absorción

Fusionen können das Sonderregime nutzen, wenn gültige wirtschaftliche Gründe vorliegen und nicht nur steuerliche Vorteile

Es wird geprüft, ob eine Verschmelzung durch Übernahme unter das Sonderregime der Körperschaftsteuer fallen kann. Die DGT stellt fest, dass dies möglich ist, sofern die Transaktion die handelsrechtlichen und steuerlichen Anforderungen erfüllt und aus gültigen wirtschaftlichen Gründen erfolgt, statt primär auf die Erlangung eines Steuervorteils abzuzielen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se plantea si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal especial establecido en el capítulo VII del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

La operación podrá acogerse al régimen especial si se realiza en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumple el artículo 76.1 de la LIS. No será aplicable si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la racionalización de actividades. La existencia de bases imponibles negativas no invalida el régimen si la fusión refuerza la situación patrimonial de la entidad resultante. Las bases imponibles negativas podrán compensarse en la absorbente según los límites de los artículos 84 y la DT 16ª de la LIS.

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