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V0653-24 15. April 2024 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ISD · pacto sucesorio de presente

Nachlassverträge unter Lebenden sind nicht für die Reduzierung bei „intervivos“-Erwerben der ISD berechtigt

Der Anfragende erhielt das nackte Eigentum an Geschäftsanteilen durch einen Nachlassvertrag unter Lebenden und wollte wissen, ob die Einbringung dieser Anteile in eine Gesellschaft innerhalb von weniger als 5 Jahren die Voraussetzungen für die regionale Steuerermäßigung in Aragonien verletzen würde. Die DGT stellt klar, dass Nachlassverträge „mortis causa“-Erwerbe darstellen und daher nicht die Steuerermäßigungen für „intervivos“-Übertragungen in Anspruch nehmen können.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Se consulta si, una vez ha recibido el consultante la nuda propiedad de las citadas participaciones sociales, la aportación de su derecho sobre las mismas en un plazo inferior a los 5 años, desde la fecha de escritura por la cual recibió dichas participaciones, a una sociedad de nueva constitución, supondría el incumplimiento del requisito de mantenimiento previsto en la legislación aprobada por el Gobierno de Aragón.

Die Entscheidung der DGT

Los pactos sucesorios son títulos sucesorios y constituyen adquisiciones 'mortis causa'. Para aplicar la reducción del artículo 20.2.c) de la LISD, es requisito indispensable que el causante haya fallecido. Por tanto, en los pactos sucesorios de presente no es aplicable dicha reducción ni la del artículo 20.6 de la LISD, ya que esta última es para adquisiciones 'intervivos'.

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