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V0622-14 7. März 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IRPF · mediación de pago

Plattformen müssen keine Zinsen einbehalten, wenn KMU Investoren identifizieren und Renditen quantifizieren

Eine Plattform für Peer-to-Peer-Kredite zwischen Privatpersonen und KMU erkundigt sich nach der Pflicht zum Zinssteuerabzug, der Abziehbarkeit von Provisionen und der Anwendung der MwSt. Die Finanzbehörde stellt klar, dass die Plattform keine Steuerabzüge vornehmen muss, wenn sie lediglich als Zahlungsvermittler agiert, und dass ihre Finanzvermittlungsdienstleistungen von der MwSt. befreit sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si los pagos de intereses a realizar por las Pymes o, en su caso, por la entidad aseguradora, están sujetos a retención, y si es correcto que las Pymes o, en su caso, la entiad aseguradora, y no la consultante, practiquen dicha rtención sobre los intereses a los inversores.

Die Entscheidung der DGT

La plataforma no está obligada a practicar la retención de intereses si las sociedades prestatarias identifican claramente a los inversores, cuantifican el rendimiento y ponen los fondos a disposición de la consultante, actuando esta como simple mediadora de pago. En cuanto al IVA, los servicios de intermediación financiera están exentos, pero la publicidad y la reserva de espacio web en la plataforma están sujetos al impuesto. Las comisiones pagadas por los inversores también se consideran servicios financieros exentos.

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