Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0585-16 11. Februar 2016 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · deducción por inversión

Kein Abzug für Investitionen in Neugründungen bei Beteiligungen über 40 % oder fehlender wirtschaftlicher Tätigkeit

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob er den Abzug für eine Investition in eine Gesellschaft (A) geltend machen kann, die wiederum in andere Gesellschaften (B und C) investiert. Die DGT stellt fest, dass dies nicht möglich ist, da Gesellschaft A keine eigene wirtschaftliche Tätigkeit ausübt und die Beteiligung des Steuerpflichtigen 100 % beträgt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Aplicación de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación regulada en el artículo 68.1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, la entidad debe ejercer una actividad económica con medios personales y materiales. Además, la participación del contribuyente (y su parentesco) no puede ser superior al 40% del capital social o de los derechos de voto. En este caso, al ser la participación del 100% y no existir actividad económica en la sociedad de inversión, no procede la deducción.

E-Mail
Kontakt