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V0520-15 9. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deducción por producciones cinematográficas

Nicht genutzte Abzüge für Filmproduktionen können in den folgenden 15 Jahren geltend gemacht werden

Ein Filmproduktionsunternehmen erkundigt sich nach der Berechnung des Abzugsbetrags für Produktionen, die in einem Steuerjahr nicht vollständig in Anspruch genommen werden konnten. Die DGT stellt klar, dass nicht genutzte Beträge in den folgenden 15 Jahren angewendet werden können, vorbehaltlich der Grenzen der festgesetzten Steuer (cuota íntegra).

Die gestellte Frage

Cuestión planteada ¿Cómo se calcula el importe de la deducción pendiente de aplicación para ejercicios futuros, en el caso de que no se pueda aplicar toda la deducción generada en un ejercicio?

Die Entscheidung der DGT

Las cantidades de la deducción del artículo 38.2 del TRLIS no deducidas en el período en que finaliza la producción pueden aplicarse en las liquidaciones de los períodos impositivos que concluyan en los 15 años inmediatos y sucesivos. Si se generan nuevas deducciones en ejercicios posteriores, se pueden aplicar conjuntamente con las anteriores, siempre que no hayan pasado 15 años desde la finalización del período en que se generó el derecho. La aplicación de ambas estará sometida a los límites de la cuota íntegra previstos en el artículo 44.1 del TRLIS.

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