Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0499-18 22. Februar 2018 · SG de Impuestos sobre el Consumo Kriterium gültig
IVA · establecimiento permanente

Vermittlungsleistungen durch Intermediäre ohne ständige Betriebsstätte in Spanien sind nicht umsatzsteuerpflichtig

Ein deutsches Unternehmen erkundigt sich, ob die von einem Vermittler in Rechnung gestellten Vermittlungsleistungen der Umsatzsteuer unterliegen und ob sie in der Meldung 349 zu deklarieren sind. Die DGT stellt klar, dass die Steuerpflicht davon abhängt, ob das Unternehmen durch diesen Vermittler eine ständige Betriebsstätte in Spanien unterhält.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Sujeción al impuesto de las cantidades facturadas a la consultante por el intermediario y, en su caso, si dichas operaciones deben ser incluidas por la consultante en el modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

Die Entscheidung der DGT

Los servicios de mediación estarán sujetos a IVA si la empresa consultante cuenta con un establecimiento permanente en España, por ejemplo, si el intermediario tiene facultades para negociar y obligar a la entidad. Si el intermediario no actúa como agente o representación autorizada con capacidad para contratar en nombre y por cuenta de la empresa, esta no se considera establecida en España y los servicios no estarán sujetos al impuesto. En caso de no estar sujetos al IVA, no existe obligación de incluirlos en el modelo 349.

E-Mail
Kontakt