Zum Inhalt springen
Zurück zum Index
V0410-15 2. Februar 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · elementos patrimoniales afectos

Proportionale Abzugsfähigkeit von Wohnkosten bei gewerblicher Mitnutzung

Eine Berufstätige, die Teile ihrer Wohnung als Werkstatt nutzt, fragt nach der Abzugsfähigkeit von Wohn- und Nebenkosten. Die DGT stellt klar, dass Kosten für Eigentum oder Miete anteilsmäßig abziehbar sind, Nebenkosten jedoch nur dann, wenn sie ausschließlich der beruflichen Tätigkeit dienen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Deducibilidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la parte proporcional de los gastos relacionados con la parte de la vivienda de la consultante que destina al desarrollo de su actividad (luz, agua, teléfono, etc.).

Die Entscheidung der DGT

Es posible la afectación parcial de elementos patrimoniales divisibles, como la vivienda, siempre que la parte afectada sea susceptible de un aprovechamiento separado e independiente. Los gastos de titularidad (IBI, comunidad, etc.) o de arrendamiento se deducen proporcionalmente a la parte afectada y al porcentaje de titularidad. Sin embargo, los suministros (agua, luz, teléfono) solo son deducibles si se destinan exclusivamente al ejercicio de la actividad, sin admitir el prorrateo. Todos los gastos deben estar justificados con factura y registrados en los libros obligatorios.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

E-Mail
Kontakt