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V0366-14 13. Februar 2014 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · rendimiento neto

Abzug von Fahrzeugkosten nur bei ausschließlicher Nutzung für die wirtschaftliche Tätigkeit zulässig

Ein Immobilienmakler erkundigt sich nach der Abzugsfähigkeit der Kosten für seinen Pkw. Die DGT stellt klar, dass die Abzugsfähigkeit davon abhängt, ob das Fahrzeug dem Betrieb zugeordnet ist, was eine ausschließliche Nutzung voraussetzt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, tienen la consideración de deducibles en la determinación del rendimiento neto de la actividad económica del consultante los gastos de combustible, reparaciones, seguro, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica y aparcamiento en parkings públicos derivados de la utilización del vehículo referido

Die Entscheidung der DGT

Para deducir gastos como combustible, reparaciones o seguro, el vehículo debe ser un elemento patrimonial afecto a la actividad económica. En el caso de automóviles de turismo, la afectación solo se reconoce si el uso es exclusivo para la actividad, ya que no se consideran de uso privado accesorio. Si el vehículo tiene un uso mixto, no se podrán deducir ni las amortizaciones ni los gastos de su utilización.

Auf einen konkreten Fall anwenden

Was hier veröffentlicht wird, angewandt auf ein Unternehmen oder einen konkreten Fall. Das erste Gespräch ist kostenlos.

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