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V0359-22 24. Februar 2022 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Anwendung des Sonderregimes für Fusionen bei Vorliegen wirtschaftlicher Gründe und Einhaltung des Handelsrechts möglich

Ein Unternehmen erkundigte sich, ob eine Fusion zwischen zwei Einheiten eines internationalen Konzerns unter das Sonderregime für Fusionen der Körperschaftsteuer fallen kann. Die DGT stellt klar, dass dies möglich ist, sofern die Transaktion die Anforderungen des Kapitalgesellschaftsgesetzes sowie des Körperschaftsteuergesetzes (LIS) erfüllt und die geltend gemachten wirtschaftlichen Gründe stichhaltig sind und nicht primär der Erlangung eines Steuervorteils dienen.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada - Si la fusión a realizar entre las entidades A y B dentro del proceso de reorganización del grupo a nivel mundial puede acogerse al Régimen Especial de Fusiones contemplado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades por existir motivos económicos válidos.

Die Entscheidung der DGT

Para aplicar el régimen especial de fusiones, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. No se aplicará el régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si no existen motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. Los motivos de simplificación de estructura, ahorro de costes de gestión y mejora de imagen podrían considerarse válidos, aunque su validación depende de los hechos. En caso de fusión, la entidad adquirente se subroga en los derechos y obligaciones tributarios de la transmitente, incluyendo incentivos como la RIC.

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