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V0351-17 9. Februar 2017 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Kriterium gültig
ISD · adquisición mortis causa

Veräußerung oder Einbringung des geerbten Wohnsitzes in eine Gesellschaft verletzt die Zehnjahresfrist

Es wurde angefragt, ob die Einbringung oder der Verkauf des geerbten Hauptwohnsitzes in eine Kapitalgesellschaft gegen die zehnjährige Haltedauer verstößt und ob dieser Verstoß alle Erben betrifft. Die DGT stellt klar, dass die Übertragung an eine Gesellschaft diese Anforderung verletzt und der Verlust des Steuerermäßigungsvorteils alle Erben betrifft, sofern der Vermögenswert aus der Gruppe der Miterben ausscheidet.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la aportación o venta comportarían el incumplimiento del requisito de permanencia establecido en el artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Idéntica cuestión referida a la adquisición de participaciones propias por la entidad. Si el incumplimiento del requisito del mantenimiento por uno de los herederos, tanto respecto del inmueble como de las participaciones adquiridas "mortis causa", conllevaría la pérdida del beneficio fiscal para todos los herederos o sólo para el que hubiese incumplido.

Die Entscheidung der DGT

La transmisión de la vivienda heredada a una sociedad mercantil, ya sea por aportación o venta, incumple el requisito de permanencia de diez años del artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987, al transmitirse el inmueble a una personalidad jurídica distinta de los herederos. El incumplimiento del requisito de mantenimiento por parte de un coheredero no conlleva la pérdida de la reducción para todos, siempre que el valor de adquisición se mantenga dentro del grupo de los coherederos. Si el bien sale de dicho grupo, todos los herederos perderán el derecho a la reducción practicada.

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