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V0286-24 4. März 2024 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · aportación no dineraria

Voraussetzungen für die Inanspruchnahme des Sonderregimes für Sacheinlagen

Ein Steuerpflichtiger erkundigt sich, ob die Einbringung von Anteilen zweier Gesellschaften in eine neue Holding unter das Sonderregime der steuerlichen Neutralität fallen kann. Die DGT stellt fest, dass die Transaktion unter das Sonderregime fällt, sofern die Anforderungen an eine Mindestbeteiligung von 5 %, ununterbrochenen Besitz und triftige wirtschaftliche Gründe erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1/ Si la aportación no dineraria de las 6.750 participaciones sociales de la compañía A y de los valores recibidos de la mercantil NC1 como consecuencia de la posible escisión parcial financiera de la entidad A podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y los motivos económicos expuestos pueden considerarse validos a los efectos de la aplicación del citado régimen especial.

Die Entscheidung der DGT

La aportación de participaciones sociales a una entidad residente en España puede acogerse al régimen especial si el aportante participa en al menos el 5% de los fondos propios de la entidad receptora y las participaciones han sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior. En este supuesto, las participaciones en la sociedad adquirente conservan el valor y la antigüedad de las originales. Los dividendos percibidos por la adquirente estarán exentos si se mantiene la participación mínima del 5% y se cumple el plazo de antigüedad. La aplicación del régimen queda excluida si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal.

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