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V0260-16 25. Januar 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · consolidación fiscal

Abschreibung der Marge bei der Erstellung von Anlagevermögen durch eine ARGE für einen Steuerkonzern

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob die Marge abgeschrieben werden muss, die bei der Erstellung eines Anlagevermögenswertes durch eine ARGE (bestehend aus zwei Unternehmen der Gruppe) für ein drittes Unternehmen derselben Gruppe entstanden ist. Die DGT stellt fest, dass die Marge abgeschrieben werden muss, da es sich um eine interne Transaktion handelt, die die individuellen Bemessungsgrundlagen der beteiligten Unternehmen beeinflusst.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si debe eliminarse el margen generado en la construcción de elementos de inmovilizado para una entidad del grupo de consolidación fiscal, cuando la construcción del mismo ha sido realizada por dos entidades del grupo de consolidación fiscal a través de una UTE, íntegramente participada por entidades del grupo de consolidación fiscal, que integra su resultado en el grupo mediante atribución proporcional de su resultado a sus miembros mediante la aplicación de la Norma de Registro y Valoración 20 del Plan General de Contabilidad.

Die Entscheidung der DGT

La base imponible del grupo fiscal se determina sumando las bases imponibles individuales de las entidades integrantes y las eliminaciones. Al ser la UTE una entidad cuyos resultados se imputan a sus miembros (B y C), la construcción de la planta para la entidad A constituye una operación interna entre sociedades del grupo. Por tanto, dicho margen debe eliminarse de la base imponible del grupo fiscal, independientemente de si el resultado de la UTE se integra contablemente o mediante ajuste extracontable en las empresas miembro.

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