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V0242-17 31. Januar 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · gasto de promoción

Werbegeschenke unterliegen nicht der 1 %-Grenze des Umsatzes in der Körperschaftsteuer

Die Anfragende möchte wissen, ob Geschenke zur Bewerbung ihrer Kurse auf 1 % des Umsatzes begrenzt sind. Die DGT stellt klar, dass es sich bei Werbeausgaben nicht um Aufwendungen für Kundenbewirtung handelt und somit diese Grenze nicht gilt.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si el gasto originado en la empresa por la adquisición de los obsequios destinados a promocionar las ventas de la empresa se encuentra limitado, en cuanto a su deducibilidad fiscal, por el límite del 1 por ciento del importe de la cifra de negocios del periodo impositivo, establecido en el artículo 15.e de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Die Entscheidung der DGT

El gasto por entrega de obsequios de escaso valor con intención de promocionar la venta constituye un gasto de promoción. Por tanto, no se considera un gasto por atenciones a clientes y no está sometido al límite del 1 por ciento del importe neto de la cifra de negocios. El artículo 15.e de la LIS excluye de los donativos y liberalidades los gastos realizados para promocionar la venta de bienes o servicios.

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