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V0201-21 9. Februar 2021 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Kriterium gültig
IRPF · comunidad de bienes

Die Auflösung einer Gütergemeinschaft löst keine Vermögensgewinne aus, wenn der Eigentumsanteil zugeteilt wird

Es wird die steuerliche Behandlung im Rahmen der Einkommensteuer (IRPF) bei der Auflösung einer Gütergemeinschaft erörtert, in der ein Miteigentümer das gesamte Gut übernimmt und den anderen entschädigt. Die DGT stellt fest, dass die Auflösung keine Vermögensveränderung darstellt, sofern die Zuteilung den jeweiligen Anteilen entspricht.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Tratamiento en el IRPF de la disolución de una comunidad de bienes en la que uno de los comuneros adquiere la titularidad de la totalidad del bien compensando al otro comunero.

Die Entscheidung der DGT

La disolución de una comunidad de bienes no constituye una alteración en la composición del patrimonio siempre que la adjudicación se corresponda con la cuota de titularidad de cada comunero. En este caso, no hay ganancia ni pérdida patrimonial y los bienes conservan su valor y fecha de adquisición originarios. Si se adjudican bienes por un valor superior a la cuota de titularidad, se producirá una alteración patrimonial en el otro comunero, generando una ganancia o pérdida independientemente de si hay compensación en metálico.

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