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V0163-17 24. Januar 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · deducción por investigación y desarrollo

Anwendung von F&E-Abzügen aus den Jahren 1998 und 1999 im Steuerjahr 2014 möglich, sofern die 18-Jahres-Frist nicht abgelaufen ist

Ein Unternehmen erkundigt sich, ob es im Jahr 2014 Forschungs- und Entwicklungsabzüge geltend machen kann, die für Ausgaben aus den Jahren 1998 und 1999 angefallen sind, jedoch damals nicht genutzt wurden. Die DGT stellt fest, dass diese Abzüge gemäß der geltenden Rechtsvorschriften eine Anwendungsfrist von 18 Jahren haben.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si la entidad puede aplicar los importes de las deducciones por gastos de investigación y desarrollo, que se generaron en los ejercicios 1998 y 1999 y no se consignaron, en la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2014.

Die Entscheidung der DGT

Para gastos de I+D de los ejercicios 1998 y 1999, el plazo de aplicación es de 18 años según el Real Decreto-Ley 12/2012. Por tanto, estas deducciones pueden aplicarse en las declaraciones de 2014 y 2015, ya que en ambos casos no ha finalizado el plazo de 18 años desde la conclusión de los periodos impositivos en que se realizaron los gastos. El plazo de prescripción de la Administración para comprobar estas deducciones no afecta al derecho del contribuyente a aplicarlas.

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