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V0018-17 3. Januar 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · agrupación de interés económico

Gesellschafter einer AIE können Steuergutschriften auch bei Überschreitung ihrer Einzelbeiträge geltend machen

Eine wirtschaftliche Interessengemeinschaft (AIE) im Bereich der audiovisuellen Produktion erkundigt sich, ob ihre Investoren negative Steuerbescheide und Abzüge gemäß Art. 36 LIS geltend machen können, selbst wenn der Betrag die geleisteten Einlagen übersteigt. Die DGT stellt klar, dass die Anrechnung dieser Steuergutschriften nicht von der Höhe der Beiträge der einzelnen Gesellschafter beeinflusst wird.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada 1. Si los inversores de la AIE podrán aplicar los créditos fiscales que se derivan de las bases imponibles negativas y de las bases de la deducción del artículo 36 de la LIS, imputadas por la consultante, con independencia de que la suma de ambos conceptos suponga un importe superior a las aportaciones individuales efectuadas por los inversores.

Die Entscheidung der DGT

Los socios residentes en España de una AIE pueden recibir la imputación de bases imponibles negativas y bases de deducciones según la proporción de sus derechos económicos. El hecho de que el importe de los créditos fiscales resultantes de estas imputaciones supere la cuantía de las aportaciones efectuadas por cada socio no afecta a la aplicación del régimen especial de las AIE. La imputación debe realizarse según la proporción de la escritura de constitución.

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