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V0014-17 3. Januar 2017 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Kriterium gültig
IS · régimen especial de fusiones

Fusionen aus triftigen wirtschaftlichen Gründen können unter das Sonderregime fallen und die Steuerbefreiung von Dividenden und Erträgen ermöglichen

Es wird angefragt, ob eine Fusion durch Übernahme einer hundertprozentigen Tochtergesellschaft das Sonderregime der steuerlichen Neutralität anwenden kann und ob die wirtschaftlichen Gründe als triftig gelten. Die DGT stellt klar, dass eine Fusion, sofern sie im geschäftlichen Bereich und aus triftigen wirtschaftlichen Gründen erfolgt, unter dieses Regime fallen kann. Zudem können Dividenden und Veräußerungserträge steuerfrei bleiben, wenn die Anforderungen des Artikels 21 des LIS erfüllt sind.

Die gestellte Frage

Cuestión planteada Si la operación de fusión planteada podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

Die Entscheidung der DGT

Las operaciones de fusión por absorción de una sociedad íntegramente participada pueden acogerse al régimen especial si se realizan en el ámbito mercantil y cumplen la LIS. Los motivos económicos válidos, como la racionalización de actividades, permiten el uso del régimen, siempre que no sea para obtener una ventaja fiscal. Los dividendos y las rentas positivas por transmisión de participaciones estarán exentos si se cumplen los requisitos de porcentaje de participación y temporalidad del artículo 21 de la LIS. En el caso de las participaciones adquiridas en una fusión, se mantiene la fecha de adquisición de la entidad transmitente.

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